Comercios entregarían motos sin la documentación correspondiente
La concesionarias y la municipalidad hace más de un año firmaron un acuerdo mediante el cual los negocios se deben encargar de la entrega de los papeles. Muchas no cumplen. Algunas exigen el pago total de las cuotas.
Las motos se convirtieron rápidamente en uno de los medios de transporte más populares y demandados, dado a las facilidades de accesibilidad y su bajo costo. Se estima que sólo en Resistencia se venden más de 200 motos por día.
Pero el problema radica en la documentación. Hace más de un año, el municipio y los comercios que comercializan estos rodados, firmaron un acuerdo mediante el cual los segundos deben hacerse responsables de la entrega de la documentación completa del vehículo, incluyendo certificación de Aduana y cascos, o por lo menos la inscripción inicial, o sea la patente en trámite.
Está implícito en la Ley Nacional 24449: todo vehículo que sea librado al tránsito debe contar con cédula del vehículo y placa de dominio de identificación.
Sin embargo a la hora de controlar el tránsito, los inspectores municipales se encuentran con un caso que es moneda corriente. Al requerirle al motociclista la documentación, manifiestan que el comercio aún no se los entregó. Si bien es el comercio el que en este caso no cumple con la disposición, la multa por la infracción de tránsito se la hacen al conductor.
Si bien son múltiples las excusas de los comercios para no entregar la documentación, la más corriente es condicionar la entrega a la finalización del pago de las cuotas, en el caso de que se haya financiado la compra, como una garantía extra. Esto es, una vez que termine de pagar, recién se hace entrega de los registros. Pero igualmente se entrega el vehículo.
Si bien el comercio, ante requerimiento del consumidor puede entregar el rodado, éste no debe circular por la vía pública bajo ninguna circunstancia sin sus papeles.
PORQUE SE DA
Existen varios factores que se conjugan para propiciar esta situación. Por un lado la falta de información de la gente, que al desconocer la normativa vigente, acepta las condiciones impuestas por el comercio. Mientras que la falta de controles de inspectores generales del municipio sobre los comercios hace la otra parte. Si se manejara la ley como se debiera, las casas deberían pagar una multa por moto que no entrega la documentación de $5.000 y sin costo alguno para el cliente. Algunos de los comercios que fueron señalados por esta situación fueron Ghiggeri, Mayo Motos, Cabral, Chacomotos, Daltac.
Para que la gente sepa cómo manejarse en esos casos, se debe recurrir a defensa del consumidor, en avenida Lavalle 235, realizando la denuncia pertinente.
Algo debe quedar bien en claro, las motos no pueden circular sin la documentación. Si bien es lógico que la gente después de la compra quiera el bien en el momento, la moto no puede transitar por la vía pública.
Si bien las casas bajo requerimiento expreso del comprador pueden entregar el bien, de ninguna manera deben extender, como lo hacen, una autorización para circular, lo cual es propio únicamente del Registro Nacional del Automotor, de lo contrario están en infracción y justamente es donde deben aparecer los inspectores de Industria y Comercio, Inspección General, y de Defensa del Consumidor.
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BASTAAAAAAAA DE MOTOS EN LA CIUDAD!!!! no se puede sacar una moto por 80 cuotas de dos pesos... y por favor si compras una moto aprende a andar en bici en la ciudad primero...
Les juro que ya me da miedo salir a la calle de tantos accidentes que veo, no me pasaba esto pero hace tres dias que estoy viendo accidentes de motos... El 06/08/08 vi como un Meriva levantaba a dos chicas que iban a todo lo que da en su motito, increible como volaron por el capot del automovil :/... No estoy en contra de la venta de motos pero si a la venta incontrolada y que personas circulen sin tener idea de como se usa una moto....
Pero el problema radica en la documentación. Hace más de un año, el municipio y los comercios que comercializan estos rodados, firmaron un acuerdo mediante el cual los segundos deben hacerse responsables de la entrega de la documentación completa del vehículo, incluyendo certificación de Aduana y cascos, o por lo menos la inscripción inicial, o sea la patente en trámite.
Está implícito en la Ley Nacional 24449: todo vehículo que sea librado al tránsito debe contar con cédula del vehículo y placa de dominio de identificación.
Sin embargo a la hora de controlar el tránsito, los inspectores municipales se encuentran con un caso que es moneda corriente. Al requerirle al motociclista la documentación, manifiestan que el comercio aún no se los entregó. Si bien es el comercio el que en este caso no cumple con la disposición, la multa por la infracción de tránsito se la hacen al conductor.
Si bien son múltiples las excusas de los comercios para no entregar la documentación, la más corriente es condicionar la entrega a la finalización del pago de las cuotas, en el caso de que se haya financiado la compra, como una garantía extra. Esto es, una vez que termine de pagar, recién se hace entrega de los registros. Pero igualmente se entrega el vehículo.
Si bien el comercio, ante requerimiento del consumidor puede entregar el rodado, éste no debe circular por la vía pública bajo ninguna circunstancia sin sus papeles.
PORQUE SE DA
Existen varios factores que se conjugan para propiciar esta situación. Por un lado la falta de información de la gente, que al desconocer la normativa vigente, acepta las condiciones impuestas por el comercio. Mientras que la falta de controles de inspectores generales del municipio sobre los comercios hace la otra parte. Si se manejara la ley como se debiera, las casas deberían pagar una multa por moto que no entrega la documentación de $5.000 y sin costo alguno para el cliente. Algunos de los comercios que fueron señalados por esta situación fueron Ghiggeri, Mayo Motos, Cabral, Chacomotos, Daltac.
Para que la gente sepa cómo manejarse en esos casos, se debe recurrir a defensa del consumidor, en avenida Lavalle 235, realizando la denuncia pertinente.
Algo debe quedar bien en claro, las motos no pueden circular sin la documentación. Si bien es lógico que la gente después de la compra quiera el bien en el momento, la moto no puede transitar por la vía pública.
Si bien las casas bajo requerimiento expreso del comprador pueden entregar el bien, de ninguna manera deben extender, como lo hacen, una autorización para circular, lo cual es propio únicamente del Registro Nacional del Automotor, de lo contrario están en infracción y justamente es donde deben aparecer los inspectores de Industria y Comercio, Inspección General, y de Defensa del Consumidor.
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BASTAAAAAAAA DE MOTOS EN LA CIUDAD!!!! no se puede sacar una moto por 80 cuotas de dos pesos... y por favor si compras una moto aprende a andar en bici en la ciudad primero...
Les juro que ya me da miedo salir a la calle de tantos accidentes que veo, no me pasaba esto pero hace tres dias que estoy viendo accidentes de motos... El 06/08/08 vi como un Meriva levantaba a dos chicas que iban a todo lo que da en su motito, increible como volaron por el capot del automovil :/... No estoy en contra de la venta de motos pero si a la venta incontrolada y que personas circulen sin tener idea de como se usa una moto....

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